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Del parlamento abierto a la redacción en lo oscurito: así es la Ley de Cine y el Audiovisual que está a punto de aprobarse

Marzo, 2026

El pasado 24 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual, con 466 votos a favor en lo general y 462 en lo particular. El proyecto de decreto deroga la Ley Federal de Cinematografía de 1992, y tiene entre otros objetivos el de impulsar y fomentar la producción nacional, regular las plataformas digitales, aumentar la exhibición de cine mexicano en salas, así como la preservación de las obras cinematográficas y audiovisuales del país. La Ley, que reconoce la producción cinematográfica como un vehículo de expresión artística y social y educativa, fue propuesta por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, en febrero de este año. Pero, ¿en verdad es tan revolucionaria esta nueva legislación o se propone sólo un gatopardismo disfrazado y encubierto? El periodista y comentarista de cine Sergio Raúl López la desmenuza en el siguiente texto.

Entre las disputas políticas, con traiciones y acuerdos por debajo de la mesa en torno a reformas como la electoral —la más reciente de ellas—, la judicial o la laboral que el gobierno mexicano ha impulsado en esta etapa conocida como la cuarta transformación, incluidas asimismo las negociaciones sobre el salario mínimo, la estrategia de seguridad o la soberanía energética, el tranquilo periplo de una renovada legislación fílmica nacional está en vías de pasar sin oposición ni miramientos pero con un hueco informativo y, lo que es más preocupante, sin una discusión seria y a fondo por parte de todos los actores involucrados, principalmente el público, es decir, la ciudadanía toda y no sólo algunas capillas y camarillas.

Y sí, ver para creer. Si narráramos cómo se han venido sucediendo los hechos, la recapitulación sería una delicia. La cosa sería más o menos así…

Para esta renovada legislación fílmica nacional, cambiemos la palabra Cinematografía por otras dos: cine y audiovisual. Afirmemos, entonces, que la nueva Ley Federal que ahora se vota y que sustituye a la creada hace ya la friolera de 34 años bajo el mandato de Carlos Salinas de Gortari —y posteriormente modificada, o apuntalada, en 1997 por Ernesto Zedillo—, que era absolutamente neoliberal, sí velará ahora por los derechos culturales de los mexicanos a ver cine nacional; que resguardará y preservará —y en su caso restaurará— toda película que se estrene en la cartelera del país. Que, además, impulsará la creación audiovisual de mujeres, indígenas, afrodescendientes y miembros de las comunidades de la diversidad sexual. Que, asimismo, protegerá a las audiencias débiles auditivas y visuales con recursos que les permitan disfrutar nuestra filmografía nacional. Ah, y que ahora sí se vigilará el cumplimiento de la cuota de pantalla de cine mexicano en las salas y complejos cinematográficos con un 10 % por un mínimo de al menos dos semanas. Y, finalmente, que se le exigirá a las plataformas de streaming visibilizar un cierto contenido mexicano…

¡Listo, en el discurso acabamos de salvar al cine mexicano y a sus espectadores!

Una absoluta anomalía cameral

Sin embargo, en esta recapitulación de hechos, lo que ocurrió después ha dejado a más de uno perplejo.

De entrada, todo sucedió con una rapidez inaudita para lo que nos tiene acostumbrado nuestro sistema político:

La legislación se anunció en la conferencia presidencial matutina el viernes 13 de febrero, se firmó el martes 17 de febrero y se entregó al Congreso de la Unión para su dictamen el martes 24 del mismo mes, misma que fue turnada a la Comisión de Cultura y Cinematografía para su dictamen, por lo que el viernes 20 de marzo se convocó para su estudio en su tercera reunión extraordinaria el lunes 23 de marzo a las 18:30 horas. Al efectuarse dicha reunión, el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal del Cine y el Audiovisual, y se deroga la Ley Federal de Cinematografía, sucedió en apenas 35 minutos, incluyendo registro de asistencia, declaración de quórum, lectura, (nula) discusión y su aprobación.

Así, el martes 24 de marzo el dictamen fue llevado al Pleno de la Cámara de Diputados y, tras la presentación de la diputada Alma Lidia De la Vega Sánchez, presidenta de la Comisión de Cultura y Cinematografía, fueron desfilando los posicionamientos de los representantes de las distintas facciones: Gibrán Ramírez, de Movimiento Ciudadano; Juan Antonio Meléndez, del PRI; José Alejandro Aguilar López, del PT; Ana Erika Santana, del Partido Verde; Omar Antonio Borboa Becerra, del PAN, y Melva Carrasco Godínez, de Morena.

De espalda, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, durante la conferencia de prensa mañanera. / Foto: Presidencia de la República.

Entonces ocurrió otro suceso pocas veces visto en el Pleno de la Cámara: con todos los colores partidarios subido en el barco, los discursos que se pronunciaron estuvieron carentes de análisis y crítica; y, más bien, todo lo contrario: sin mayor oposición, los discursos estuvieron repletos de metáforas, verdades a medias —por ejemplo, la diputada emecista de Durango, Patricia Flores, aseguró que El bueno, el malo y el feo se filmó en su entidad, conocida como “La tierra del cine” y no el Almería y en Cinecittà, es decir España e Italia—, así como una esperanzadora cuanto imposible promesa de soberanía audiovisual, que llegaría al aprobar esta ley aparentemente bienhechora y nacionalista.

La votación fue contundente y explícita: 466 votos a favor en lo general —originalmente 459 porque varios ausentes votaron tras el primer conteo— y 462 en lo particular, pues hubo cuatro reservas mínimas que proponen cambios menores de redacción como mencionar directamente a los “artistas, intérpretes o ejecutantes” por “actor, narrador, declamador, locutor comercial, actor de doblaje, cantante, músico o bailarín”, del diputado morenista Arturo Hernández Tapia; o que se respete el derecho a la educación y la cultura “respetando los derechos adquiridos conforme a las leyes vigentes”, como propuso el priista Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla; añadir difusión a la obligación de la SEP para promover el “acceso, disfrute y reflexión”; o la sugerencia de la panista Paola Michell Longoria que busca sustituir los fondos, apoyos e incentivos por el “Fondo de Inversión y Estímulos al Cine”, es decir, restituir de manera regresiva el Fidecine que fue retirado de la antigua ley por el presidente Andrés Manuel López Obrador el sexenio anterior, junto con una amplia cantidad de otros fideicomisos.

Decíamos: con 466 votos a favor en lo general, 462 en lo particular, ninguno voto en contra, así como cero abstenciones, fue aprobada en una hora con 45 minutos, lo que equivale a un largometraje regular. Una absoluta anomalía cameral.

Sobre todo porque al tomar la tribuna y externar sus posicionamientos, se evidenció un desconocimiento absoluto de la materia por parte de los legisladores tanto al enlistar los beneficios de este nuevo instrumento legal como al quejarse únicamente del abandono al cine en el sexenio pasado, concentrándose en la extinción del Fidecine y su derogación en los artículos abrogados de la Ley, olvidándose por completo de que también se extinguió al Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (Foprocine) en abril y mayo de 2024, respectivamente, pero que se creó, a cambio, el Programa de Fomento al Cine Mexicano (Focine), mismo que ahora se establecerá en el artículo 35 de la nueva ley. Y los otros muchos mecanismos que existen y que permiten una gran producción.

Si desconocen estos datos mínimos, menos podemos pedirles un diagnóstico sobre cada uno de estos apoyos y estímulos.

Triunfos pírricos pero aplaudibles

Pero este espíritu generalizado dio lugar a los triunfalismos que no se entienden del todo. Por ejemplo, se celebra la reserva del 10 % del tiempo de pantalla para el cine mexicano impuesta a las salas de cine, misma medida ya prevista en la legislación anterior salinista-zedillista, que en realidad redujo la garantía del 50 % de la Ley de la Industria Cinematográfica de 1949 que preveía un número de días de exhibición anual “sin que en ningún caso… sea menor al cincuenta por ciento del tiempo total de exhibición”.

La ley de 1992, en realidad, fue disminuyendo gradualmente ese porcentaje año con año en deciles —para coincidir con lo acordado en el TLCAN que entraría en vigor el 1 de enero del convulso 1994—, para ir del 50 % al 40 %, al 30 %, al 20 % y finalmente acabar teniendo ese malhadado 10 % que se mantiene idéntico ahora con el nuevo instrumento legal, pero especificando algo que no existía en el reglamento de la antigua legislación: que ese porcentaje equivale al total de exhibiciones por semana y que su cumplimiento “se verificará y se compensará de manera semestral en horarios equitativos”.

En primer plano, la diputada Alma Lidia De la Vega Sánchez. / Fotos: YouTube/Cámara de Diputados/captura de pantalla.

El cambio mayor que se enuncia es la obligatoriedad de mantener un mínimo 14 días los estrenos de cine mexicano, con verificación, advertencias, multas y hasta clausuras por parte de la Secretaría de Gobernación, lo que parece positivo si bien el cambio no es significativo respecto a la ley abrogada.

Se presume, además, que para las plataformas digitales de video bajo demanda que operan en territorio nacional deberán mantener “de manera permanente una sección relevante en su catálogo de producciones nacionales” y de manera visible, con excepción de las que no tengan cine mexicano en sus catálogos. El problema no es únicamente que se omite especificar porcentajes mínimos, lo que les da completa libertad —a diferencia de la Unión Europea que a través del Parlamento Europeo les obliga, desde 2018, a mantener el 30 % del contenido local en sus catálogos y a reinvertir en cada país el 5 % de sus ganancias—, tampoco regula la absoluta falta de información respecto a cifras de usuarios, contenidos, tiempo de visualización e incluso el nulo reporte de los estrenos de sus películas en las salas de cine tanto comerciales como de arte —cuando las empresas disponen de ello. Y el tema preocupa porque no les exige prácticamente nada pese a lo que se presume como avance.

Resulta por demás revelador que los espacios alternativos que reciban ayudas públicas, es decir, las salas independientes y pequeñas, se les exigirá a cambio el 30 % de cuota para las películas nacionales. De este porcentaje están exentas las cadenas cinematográficas y las plataformas internacionales como Netflix, Prime Video, Disney o HBO Max, un signo de la debilidad en materia audiovisual del Estado Mexicano.

Escasos espectadores y fondos inequitativos

Se enfatiza el derecho a la cultura con un “acceso equitativo e igualitario con pluralidad, diversidad, libertad de expresión, clasificación y condiciones técnicas óptimas” y se define el carácter del cine como actividad artística, creativa y cultural. Pero no se ofrecen alternativas a los casi mil complejos comerciales y cinetecas —7 mil 512 pantallas al 31 de diciembre de 2025, según Screen Digest—, que atienden a menos del 20 % de los mexicanos —con los 203 millones de boletos vendidos el año anterior (cifras de Comscore)—, dejando en el aire y en el olvido a unos 90 millones de compatriotas-espectadores posibles que jamás pisan una sala de cine. Menos se habla de las plataformas, pues si bien según Inegi 83 % de los 120 millones de mexicanos tienen acceso al Internet, y 73.6 % de los 39.1 millones de hogares tienen servicio de Internet, sólo 32.4 % de ellos tienen acceso a algún sistema de streaming.

El líder de las plataformas de pago, Netflix, tiene 13 millones de abonados, es decir que atiende máximo a unas 40 millones de personas y representa el 49.9 % de las suscripciones totales a plataformas que atienden a 60.2 millones de usuarios —ojo, no de espectadores individuales— de acuerdo a The Competitive Intelligence Unit.

Es decir, no hay una alternativa de acceso real del gran público masivo, pues la plataforma pública Nuestro Cine Mx cuenta con la insignificante cifra de 70 mil usuarios, sin que a ninguna autoridad del sector parezca preocuparle. Otra falencia de la nueva ley que enuncia buenos deseos y discursos políticamente correctos más que contar con herramientas factibles y reales.

Así, el prometido acceso equitativo e igualitario simplemente queda en letra de ley, pero no en modificaciones a los fondos y exenciones fiscales destinados a la producción de cine. Hagamos un desglose: el Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Cinematográfica Nacional (Eficine), previsto en el artículo 189 de la Ley del Impuesto sobre la Renta —y en funcionamiento desde el 2006—, autoriza contribuciones anuales por un total de 650 millones de pesos para producción, además de con otros 50 más para distribución y que en 2025 aumentó a 815 millones en total: 750 millones para producción y 65 para distribución, con aumentos en sus montos máximos de 20 a 25 millones para producción y 2 a 3 millones para distribución de cada obra.

Comparémoslo con el Estímulo a la Creación Audiovisual en México y Centroamérica para Comunidades Indígenas y Afrodescendientes (ECAMC): éste entrega apoyos por un máximo de 500 mil pesos por año, y por hasta dos años, es decir, hasta un millón para producir cortometrajes y largometrajes comunitarios, de lenguas y culturas originarias, y para grupos vulnerables.

Y luego tenemos el programa Fomento al Cine Mexicano (Focine), mismo que sustituyó al Fidecine y al Foprocine tras su extinción en 2020 y que emitió sus primeras convocatorias en 2021. Los directores con trayectoria pueden optar por hasta 8 millones de pesos de apoyo, mientras que las óperas primas cuentan con un máximo de 5 millones de pesos.

¿Por qué los afromestizos, los indígenas y los centroamericanos tienen acceso a unos apoyos que pueden ser incluso 50 veces menores que las élites cinematográficas mexicanas, mayormente citadinas y que ya han sido acompañados en sus trayectorias por los grandes estímulos? Visto así, eso no parece demasiada igualdad, por el contrario, pareciera una aplicación más cercana al clasismo o al racismo tan extendidos por esta sociedad nuestra, tan hija de las cortes virreinales.

La Ley también busca el acceso al cine, especialmente al nacional, a las personas con discapacidad visual y auditiva, mismo que se cumple mandatando que además del doblaje o el subtitulaje a alguna de las lenguas nacionales de los filmes en lengua extranjera y, en su caso, a las mexicanas que incluyan subtitulaje audiodescriptivo y subtitulaje adaptado, afortunadamente esto de manera proporcional y no indiscriminadamente como ocurre con la ley actual. Lo mismo para las plataformas de video bajo demanda que suelen cumplir dicha disposición desde hace tiempo.

Empero, dicha medida afecta al cine independiente mexicano que encuentra en ella un gasto más que dificulta su estreno. (Permítame una digresión: pienso que el poco contacto del público mexicano con el cine nacional empeora con esta medida, que podría subsanarse con un programa específico para que el Estado organice este tipo de funciones especiales incluso con el añadido del lenguaje de señas —grabado o en vivo— y narración en la sala, pero no pasarle la responsabilidad a los propios cineastas y productores.)

Otra medida endogámica y proteccionista que no se aplica a otras áreas de la industria es que el doblaje ha de ser encargado a trabajadores artistas, intérpretes o ejecutantes —supongo que mexicanos— y no a la inteligencia artificial, lo que parece complejo de cumplir dada la velocidad y las adecuaciones casi diarias de estas tecnologías que escapan fácilmente de las regulaciones que se intentan hacer.

Algo muy importante, en caso de que se cumpla y aplique, es que el precio de las exhibiciones públicas será regulado por disposiciones federales, justo como ocurría antes del salinismo cuando el precio del boleto en taquilla era reglamentado pues hasta 1990 formaba parte de la Canasta Básica de Consumo Doméstico; en 1992, éste fue liberado y dejado discrecionalmente a criterio de los empresarios del sector exhibición con los consiguientes aumentos y, principalmente, el fenómeno de atender a ciertos sectores específicos de la población y no al total.

Otro tema que queda en el aire es: establecer que los consejos de evaluación de los fondos y estímulos fiscales se conformarán con personas de experiencia y reconocimiento de diferentes entidades, pero sin aclarar que estas actividades serán remuneradas, en una compleja labor que exige de trabajo, tiempo y profesionalismo. Recordemos: hoy ya no hay un pago por calificar proyectos, lo que desprofesionaliza este rubro.

Un punto que ha quedado inamovible, y que ya era obligatorio en la Ley de 1992-1997, e incluso antes, desde la de 1950, es que los productores deben donar una copia de su obra a la Cineteca Nacional para su preservación, así como dar la autorización para exhibirla en sus tres sedes y en su circuito de exhibición alternativo para eventos culturales y educativos con previo consentimiento. Igualmente, las películas vendidas o dadas en custodia al extranjero deberán entregarse a Cineteca como depósito, un internegativo o archivo digital de la fuente original. En ambos casos el incumplimiento provocará sanción

En este sentido, vale la pena recordar que ya la Ley de la Industria Cinematográfica de 1949 daba a la entonces Dirección General de Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, en su artículo segundo, las atribuciones de:

⠀• “XII.− Determinar el número de días de exhibición que cada año deberán dedicar los salones cinematográficos establecidos en el país para la exhibición de películas mexicanas de largo y corto metraje.

⠀• “XIV.− Formar la cineteca nacional, para cuyo fin los productores entregarán gratuitamente una copia de las películas que produzcan en el país, al solicitar la autorización para la exhibición pública de las mismas.

⠀• “XV.− Sancionar a los infractores de esta Ley y de su Reglamento”.

Justamente en su reglamento, expedido el 6 de agosto de 1951, habla en su artículo 10 del Registro Público Cinematográfico y su obligación de:

⠀• “II.−La formación, cuidado y mantenimiento de la Cineteca Nacional.

⠀• “III.− Llevar el archivo general de la Dirección General de Cinematografía”.

¿Por qué traemos a la memoria esto? Porque de nuevo se presume como un logro algo que ha sido obligatorio durante 75 años, pero que no se cumplía, sencillamente por razones de indolencia, desidia, corrupción, simple falta de aplicación de la ley o todas las anteriores combinadas.

El momento de la votación en San Lázaro. / Foto: Cámara de Diputados.

Del parlamento abierto a la redacción cerrada

Lo que inició con la apertura de un Parlamento Abierto en el Congreso de la Unión, curiosamente por parte del diputado Sergio Mayer Falcón, entonces presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía, en la que participaron lo mismo funcionarios, instituciones, gremios, sindicatos, cineastas e incluso el público interesado, en 2019, y que luego dio paso a reuniones especializadas convocadas por el Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine) y la Secretaría de Cultura; de pronto todo ello se vio interrumpido por la crisis sanitaria de 2020 y comenzó a convocarse por videollamadas en línea.

Y, sí: a partir de ahí todo se truncó.

Desde entonces, las discusiones ocurrieron de manera más bien cerrada entre representantes de los sectores de la producción, distribución y exhibición con el aparato gubernamental, tanto de las secretarías de Cultura y Hacienda, por lo que su texto final no pudo leerse de manera abierta sino hasta aquel martes 24 de marzo en que fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, que es de libre acceso.

¿Por qué este sigilo y reserva durante estos años y por dos sexenios distintos? Ciertamente, lo ignoro. Lo único que queda claro es que es un síntoma de las circunstancias en que se ha redactado un texto poco discutido por fuera de ese gremio cerrado que suele confundirse con la totalidad del cine mexicano y atribuirse su representación. Una entelequia, pues.

Así que cierro estas reflexiones con una muy sencilla pero clara que sostuve ante aquel parlamento abierto y, ciertamente, más permeable a la opinión de más personas: esta ley la confeccionan empresarios, productores, directores, sindicalistas, abogados corporativos, el duopolio de la exhibición, los burócratas de institutos, fondos y exenciones fiscales varias —con una sola falta: la del público. Nadie llevaba la voz y la defensa de los espectadores, que somos el público en general, es decir, los ciudadanos todos y no solamente los realizadores fílmicos.

Porque una ley no se hace sólo para los gremios y la industria sino para todos los ciudadanos. Pero hay quien opina lo contrario y sostiene que el Imcine debe atender sólo a los realizadores y no a la población general. Una actitud que explica perfectamente lo acontecido respecto a esta ley y la nula oposición o discusión o conocimiento que ha tenido entre la ciudadanía.

En síntesis y parafraseando aquel lema de campaña de todos conocido, y que recurrentemente se ha empleado en este siglo: “Por el bien del cine mexicano primero los espectadores (sobre todo los pobres)”.

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